MARCO REGULADOR EN AL UNIÓN EUROPEA
Marco regulador
Marco
regulador de las comunicaciones electrónicas en la UE
Organismo de
Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (ORECE)
Organismo de Reguladores Europeos de las
Comunicaciones Electrónicas (ORECE) y la Oficina (UE Reg 1211/2009)
ACCESO A REDES Y MERCADOS
Directivas
Modif de las UE Dir 21/2002, UE Dir
19/2002 y UE Dir 20/2002 (UE Dir 140/2009) - POSICIÓN COMÚN con vistas a la adopción
de un Reg que modifique las Dirs 19/2002, 20/2002 y 21/2002 (UE Pos
Común 15/2009 - 2009/C 103 E/01)
Acceso a las redes de comunicaciones
electrónicas y recursos asociados, y a su interconexión (UE Dir
19/2002)
Autorización de redes y servicios de
comunicaciones electrónicas (Directiva autorización) (UE Dir
20/2002)
Marco regulador común de las redes y los
servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva marco) (UE Dir
21/2002) - Su modif (UE Reg 544/2009)
Reglamento español
Reglamento sobre mercados de
comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración
(RD 2296/2004)
Redes de fibra óptica
Obligaciones
simétricas de acceso a los operadores de comunicaciones electrónicas en
relación con las redes de fibra de su titularidad que desplieguen en el
interior de los edificios y se acuerda su notificación a la Comisión
Europea (CMT Res 12 feb 2009)Redes publicas
Condiciones de explotación de redes y la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas por las Administraciones Públicas (CMT Cir 1/2010)
USUARIOS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS
Carta de Derechos
Carta de derechos del usuario de los
servicios de comunicaciones electrónicas (RD 899/2009)
Servicio universal y Derechos de los usuarios de redes y
comunicaciones electrónicas
Servicio universal y los derechos de los
usuarios en
relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas
(Directiva servicio universal) (UE Dir 22/2002) y Su corr.err. - Su Modif (UE Dir 136/2009)
Se designa a
Telefónica de España, S.A.U., como operador obligado a la prestación
del servicio universal de telecomunicaciones (O ITC/3808/2008) - Designación de operadores para la prestación del
servicio universal de telecomunicaciones (Res 21 dic 2005)
Condiciones para garantizar la asequibilidad de las
ofertas aplicables a los servicios incluidos en el servicio universal
(O PRE/531/2007)
Mecanismo de financiación para compartir
el coste neto del servicio universal incurrido por Telefónica de España,
en relación con el ejercicio 2006 (CMT Res 1 jul 2009) - Pone en marcha del mecanismo de
financiación para compartir el coste neto del servicio universal
incurrido por Telefónica de España, SAU en relación con el ejercicio
2007 (CMT Res 27 ene 2010)
Abono social
Umbral de renta familiar que da acceso
al abono social (O PRE/1231/2009) - Su Modif (O PRE/1619/2010): lo fija en el 120% del IPREM.
El carácter asequible de los precios de los servicios incluidos en el
servicio universal se desarrolla en el artículo 35 del Reglamento sobre
las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones
electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios,
aprobado por el Real Decreto 424/2005. El Acuerdo de la CDGAE de fecha
25 de enero de 2007 por el que se determinan las condiciones para
garantizar la asequibilidad de las ofertas aplicables a los servicios
incluidos en el servicio universal, publicado en el BOE de 10 de marzo
de 2007 a través de la Orden PRE/531/2007, de 5 de marzo, estableció en
el punto 4 del anexo relativo a las condiciones para garantizar la
asequibilidad de las ofertas aplicables a los servicios incluidos en el
servicio universal, el mencionado indicador de renta familiar como el
Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Mecanismo de financiaciónPuesta en marcha del mecanismo de financiación para compartir el coste neto del servicio universal incurrido por Telefónica de España, sociedad anónima unipersonal, en relación con el ejercicio 2009 (CMT Res 8 mar 2012) |
|