Tasación y valoración de inmuebles y Sociedades de TasaciónVivienda habitual (consideraciones fiscales)Declaración de obra nuevaDe vivienda a local o viceversaart.7.1-Ley 49/60 de Propiedad Horizontal. STS-1ª-Pleno de 30 de octubre de 2013 DGRN Res de 13 de noviembre de 2013 No puede negarse el cambio de uso de los pisos o locales en régimen de propiedad horizontal salvo que conste expresamente en los Estatutos de la Comunidad que el nuevo uso está prohibido o el cambio de destino limitado de manera clara y precisa. Si no hay expresa limitación o prohibición debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad no puede impedirse el cambio. Eficiencia energética de las viviendasInfraestructuras comunes de telecomunicaciones |