- Su tramitación parlamentaria
- Deroga y/o modifica las siguientes normas:
- DEROGA Art. 7.1, 2, 4, 7 y 8 del Real Decreto-ley 11/2010 y Disp.Ad.18ª de la Ley 62/2003
- MODIFICA Con el alcance y periodos indicados, los arts. 19.13 y 24.3 y 4 y 67.6, y DEROGA, con la advertencia indicada, la Ley del Impuesto sobre Sociedades, (RDLeg 4/2004)
- MODIFICA:
- Art. 2.Dos) de la Ley 16/2013, de 29 de octubre
- Arts. 9.4, 10.1 y 2 y 11 de la Ley 11/2009, de 26 de octubre
- Arts. 19 y 20 y AÑADE la disposición transitoria 5 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre
- Art. 24 y disposición adicional 7 y AÑADE las disposiciones adicional 7 y transitorias 7 y 8 a la Ley 20/1990, de 19 de diciembre
RIS 2015 (RD 634/2015)Disposición derogatoria y de Conservación de vigencia de ciertas normas de la LIS 2014En concreto, quedan derogadas: 2. No obstante, conservarán su vigencia en lo que se refiere a este Impuesto: a) Las disposiciones legales relativas al régimen tributario de los organismos internacionales de los que España forma parte. b) La Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas. c) El artículo 3.3 de la Ley 15/1992 [sobre tributos estatales y CAMPSA], de 5 de junio, sobre medidas urgentes para la progresiva adaptación del sector petrolero al marco comunitario. d) El artículo 12 del Real Decreto-ley 3/1993 [sobre Amortización de activos fijos nuevos], de 26 de febrero, de medidas urgentes sobre materias presupuestarias, tributarias, financieras y de empleo. e) Los artículos 93 y 94 de la Ley 20/1991 [sobre Incentivos fiscales a la inversión], de 7 de junio, sobre modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, y la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. f) El Real Decreto-ley 7/1994, de 20 de junio, sobre libertad de amortización para las inversiones generadoras de empleo. g) El Real Decreto-ley 2/1995, de 17 de febrero, sobre libertad de amortización para inversiones creadoras de empleo. h) El artículo 5 del Real Decreto-ley 7/1996 [sobre Medidas sobre actualización de balances de las empresas con pago de un gravamen único del 3 por 100 sobre las revalorizaciones de activos], de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica. l) La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos. m) El artículo 27 de la Ley 50/1998 [sobre Régimen fiscal del grupo dependiente de la SEPI Sociedad Estatal de Participaciones Industriales], de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. ñ) El Real Decreto 647/2002, de 5 de julio, por el que se declaran las materias primas minerales y actividades con ellas relacionadas, calificadas como prioritarias a efectos de lo previsto en la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades. p) La Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. r) La Disposición adicional segunda [sobre Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas] y la Disposición adicional tercera [Efectos de determinados incumplimientos relativos a las Instituciones de Inversión Colectiva] de la Ley 23/2005, de 18 de noviembre, de reformas en materia tributaria para el impulso a la productividad. u) La Ley 11/2009, de 26 de octubre, por la que se regulan las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario. z) Los artículos 7 y 9 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica. 4. La derogación de las disposiciones a que se refiere el apartado 1 no perjudicará los derechos de la Hacienda Pública respecto a las obligaciones devengadas durante su vigencia.
LIS 2004 y RIS 2004ICAC Res 9 feb 2016 - Contabilización del Impuesto sobre BeneficiosResolución de 9 de febrero de 2016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se desarrollan las normas de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para la contabilización del Impuesto sobre Beneficios |