FAMILIA EN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
CantabriaConsejo Cantabro de Apoyo a las Familias y el Observatorio Técnico de las Familias de Cantabria (D CANT 6/2009)
Cataluña
- Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley de Cataluña 25/2010, de 29 de julio, del Libro Segundo del Código Civil de Cataluña (SECT Res 4 may 2011): "De conformidad con las negociaciones previas mantenidas, ambas partes consideran solventadas las discrepancias competenciales manifestadas en relación con el artículo 211.1, apartados 1 y 2, de la Ley de Cataluña 25/2010, de 29 de julio, del Libro Segundo del Código Civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia, al apreciar que sin perjuicio de la competencia exclusiva que, de conformidad con lo previsto en el artículo 129 del Estatuto de Autonomía de Cataluña corresponde a la Generalitat en materia de derecho civil, el Estado tiene competencia exclusiva para establecer la regla de adquisición y pérdida de la personalidad en virtud de lo previsto en los artículos 149.1.1.ª y 149.1.8.ª de la Constitución Española."
GaliciaLey de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia (GAL L 3/2011) NavarraLey sobre custodia de los hijos en los casos de ruptura de la convivencia de los padresPaís Vasco |
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