TitulacionesEl artículo 149.1.30 de la Constitución atribuye la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales a la competencia exclusiva del Estado. Ley de Universidades (LO 4/2007) Sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional (RD 1125/2003) art. 17.1 del RD 432/2008, que reestructura los departamentos ministeriales, las competencias en materia de universidades han sido asumidas por el actual Ministerio de Ciencia e Innovación Establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (Res 23 dic 2008) Expedicion de titulosSe adaptan determinadas directivas en el ámbito de la libre circulación de personas, con motivo de la adhesión de Bulgaria y Rumanía (UE Dir 100/2006) Sistema general de reconocimiento de los títulos de enseñanza superior que sancionan formaciones profesionales de una duración mínima de tres años (UE Dir 48/1989) Incorporación al ordenamiento jurídico español la UE Dir 36/2005 y la UE Dir 100/2006/100, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales, así como a determinados aspectos del ejercicio de la profesión de abogado. (RD 1837/2008, que deroga el RD 1665/1991) Condiciones para el reconocimiento de efectos profesionales a títulos extranjeros de especialista en Ciencias de la Salud, obtenidos en Estados no miembros de la Unión Europea (RD 459/2010) STS 15 ene 2009 (Rec. 1418/2006) - STJCE 23 oct 2008 (Asunto C-286/06 - Comisión vs España) - En el mismo sentido la STJCE (Asunto C‑274/05 - Comisión vs Grecia) - Se plantea en qué medida puede invocarse la Directiva 89/48 para obligar a un Estado miembro a reconocer títulos expedidos por las autoridades de otro Estado miembro al término de estudios cursados en su propio territorio - La Comisión de las Comunidades Europeas solicita al Tribunal de Justicia que declare que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la UE Dir 48/1989, relativa a un sistema general de reconocimiento de los títulos de enseñanza superior que sancionan formaciones profesionales de una duración mínima de tres años, en su versión modificada por la UE Dir 19/2001, en particular de su artículo 3, – al denegar el reconocimiento de las cualificaciones profesionales de ingeniero obtenidas en Italia, y – al supeditar la admisión a las pruebas de promoción interna en la función pública de ingenieros en posesión de cualificaciones profesionales obtenidas en otro Estado miembro al reconocimiento académico de dichas cualificaciones. Convalidación títulos de bachillerInstrucciones para el cálculo de la nota media que debe figurar en las credenciales de convalidación y homologación de estudios y títulos extranjeros con el bachiller español (Res 29 abr 2010; su corr.err.) |
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